El poder de la fidelidad conyugal

Old couple water plants Paris - by Yanidel

Gabriella Gambino

La fidelidad es la actitud de coherencia y de constancia en la adhesión a un valor ideal de amor, de bondad, de justicia; pero también puede ser entendida como el compromiso con el cual una persona se vincula a otra con un vínculo estable y mutuo. En otras palabras, la fidelidad no implica solamente la adhesión a un valor abstracto, sino que puede también referirse a la voluntad y el compromiso hacia una persona, como sucede en la relación amorosa. Como tal, el valor de la fidelidad ha siempre encontrado su más perfecta expresión humana en la fidelidad entre cónyuges, a través de la exclusividad y unicidad de la relación amorosa consagrada en el matrimonio.

Sin embargo, las costumbres y la moral más comunes en la época moderna parecen incapaces de comprender el extraordinario poder humanizante de este valor, capaz de realizar plenamente las dimensiones ética y espiritual de la persona que, cuando es fiel, puede vivir de modo coherente verdad y libertad, verdad y amor. A partir de la revolución sexual del siglo pasado, se ha extendido de manera significativa un cuestionamiento general de los valores tradicionales del matrimonio que ha producido no solamente una fractura radical entre sexualidad y matrimonio, sino que ha puesto las bases para una sexualidad fluida y reducida a la dimensión del placer, ha privado la relación de amor conyugal de la capacidad de ser fieles a la persona amada.

Viéndolo bien, el problema es mucho más general: en la reflexión filosófica moderna y contemporánea, el tema de la fidelidad resulta casi completamente ausente, salvo pocos casos como por ejemplo la moral kantiana, que reduce la fidelidad al respeto por el imperativo o J. Royce que la remite a la “devoción de una persona a una causa” (The philosophy of loyalty, 1908). En efecto, en la moral más común la fidelidad es percibida como un deber abstracto y pesado, que reduce la libertad de la persona, obligándola a renunciar a otras posibilidades que se podrían presentar en el curso de la existencia.

Inclusive en las evoluciones más recientes del derecho de familia, la obligación de respetar la fidelidad conyugal ha sido casi completamente privada de significado. En Italia, por ejemplo, si bien el artículo 143 c.c. hace derivar de la celebración del matrimonio la obligación recíproca de fidelidad entre los cónyuges, la simple violación de tal deber – es decir el adulterio – no es suficiente para justificar la culpabilidad de la separación al cónyuge responsable, a menos que no se demuestre con pruebas concretas que del mismo deriva la imposibilidad de convivencia. En ese sentido, la norma civil en materia de divorcio ha sufrido cambios significativos, que han hecho aún más fragil la unión conyugal, y siempre menos importante el valor del compromiso de fidelidad. En efecto, si hasta los años sesenta la violación de la fidelidad conyugal comportaba el derecho a obtener el divorcio por culpa por parte del cónyuge ofendido – con consiguiente atribución de la responsabilidad al otro cónyuge – en los ordenamientos actuales tal concepto ha definitivamente desaparecido. En los Estados Unidos y en Europa, el abandono del sistema de divorcio por culpa (y la consecuente introducción del divorcio sin atribución de culpa) establecen un contexto jurídico y cultural coherente con la idea del divorcio unilateral como derecho constitucional individual. Si la causa objetiva del divorcio se vuelve irrelevante (como el caso de la violación del deber de fidelidad), interesa solamente la voluntad subjetiva de quien quiere divorciarse. En ese sentido, la disciplina del matrimonio y del divorcio reflejan la reflexión jurídica reciente, de matriz liberal, que tiende a reducir el matrimonio a un contrato, a la mera unión voluntaria de dos personas que desean casarse, y que debe durar solamente mientras deseen permanecer casadas.

En ese sentido, cuando los juristas hablan de privatización del matrimonio, en realidad el término privatizar puede ser atribuido al propio origen etimológico, como privare: tomar una realidad que era portadora de características y requisitos intrínsecos y vaciarla de ellos, haciendo que ya no los tenga.

Pero, si la fidelidad ha sido el instrumento que el derecho ha individuado para garantizar la exclusividad de la relación amorosa y la estabilidad de la familia que de ella puede derivar, por algo debe ser. En el fondo el derecho garantiza la seguridad de la coexistencia, la certeza y la justicia de las relaciones humanas, sobre todo de aquellas relaciones que el derecho reconoce a través del matrimonio y la familia conyugal – de las cuales pueden derivar nuevos individuos. ¿Cuál es entonces el peso antropológico de la fidelidad? ¿Por qué el derecho la considera un deber, aún cuando hoy sean débiles los efectos de su violación? En la teología cristiana, la fidelidad de Dios Padre a la promesa de salvación de sus hijos es la máxima expresión de Su amor por nosotros, de un amor fuerte, firme, definitivo, que se ofrece como don y que pide ser acogido y no merecido. En la modernidad, en cambio, la fidelidad parece vinculada al hecho que aquel a quien amamos debe merecer este amor. Por ello, cuando se comporta en modo de ya no merecerlo, se disuelve el vínculo de fidelidad.

Sin embargo, el sentido de la fidelidad como valor humano puede comprenderse justamente cuando se le considera como virtud moral en el amor y, en particular, en el amor conyugal indisoluble, en el cual ésta se liga necesariamente a la dimensión del tiempo. El tiempo como duración de toda la vida, que dona a la persona la posibilidad de desplegar y de realizar su proyecto de felicidad en el curso de su existencia.

Para comprender este aspecto extraordinario del amor conyugal fiel e indisoluble, es indispensable detenerse un momento a reflexionar sobre como nace y se consolida el amor entre dos seres humanos.

Como narra desde siempre la literatura romántica, es innegable que el verdadero amor conduce al amante a desear solo al amado de manera exclusiva y definitiva: no hay enamorados que no se juren amor eterno.

Pero entre el enamoramiento y el amor fiel hay algunos pasos que los amantes deben dar hasta llegar a ofercerse a sí mismos en una esfera mucho más grande que sí mismos, una atmósfera en la que su amor recíproco podrá respirar y vivir, nutriéndose de la libertad recíproca y la voluntad de ser fieles a este amor para siempre.

En este sentido, es extraordinaria la imagen que K. Wojtyla empleó en la obra teatral El taller del orfebre: las alianzas nupciales, símbolo no solamente del amor sino de la fidelidad, son forjadas por el Orfebre (Dios); en ese sentido, ellas no representan solamente la decisión de los esposos de permanecer juntos, sino que su amor es estable y fiel porque es sostenido por el amor de Dios. Su amor y su fidelidad son forjados y protegidos por El, trascendiendo a los esposos mismos. No es casualidad, como ha recordado recientemente también el Papa Francisco en la Lumen fidei, que en la Biblia la fidelidad de Dios es indicada con la palabra hebrea 'emûnah (del verbo 'amàn), que en su raíz significa “sostener”. Se comprende así por qué el efecto de la fidelidad es la posibilidad de construir la relación conyugal verdaderamente sobre la “roca”.

En estos términos el sacramento del matrimonio constituye en sí una fuerza que sostiene a los esposos sosteniendo su respectiva voluntad de permanecer juntos en fidelidad, en respeto del amor prometido, no solamente como sentimiento, sino todavía más como adhesión a una común vocación, que justamente en el con-yuge encuentra el instrumento para portar juntos el mismo yugo, manteniendo el mismo paso, en el curso de su existencia.

Para comprender más de cerca la estructuración antropológica de la dinámica de la fidelidad en el amor, es necesario partir de la idea de que la dinámica afectiva, como proceso de en-amoramiento de la persona (aprender a amar), pasa a través de algunos niveles que se entrecruzan en un proceso de maduración que exige un compromiso personal creciente.

Estos niveles, tomados de la terminología de Santo Tomás sobre el amor, inician con el aparecer del objeto amado en la esfera existencial del amante, produciendo emociones inmediatas – la fase del amor romántico, en la cual el tiempo parece escurrirse a los amantes, que desean estar juntos la mayor parte del tiempo posible – hasta el conocimiento afectivo del amado, que se descubre como quien tiene capacidad de amar. La relación inicia así a transformarse en una promesa, una anticipación de un amor más grande. Ahora el tiempo no es contrario al amor y a sus emociones, como en la fase romántica, sino que hace parte de su realidad misma: el afecto necesita tiempo para madurar y realizar todo lo que contiene. En la relación se inicia a percibir un camino y la anticipación del proyecto de perfeccionamiento futuro. Al amado no se le quiere solamente por lo que es actualmente, sino por la maravilla que puede alcanzar en el curso de su existencia. “Fundados en este amor, hombre y mujer pueden prometerse amor mutuo con un gesto que compromete toda la vida […]. Prometer un amor para siempre es posible cuando se descubre un plan que sobrepasa los propios proyectos, que nos sostiene y nos permite entregar totalmente nuestro futuro a la persona amada” (Francisco, Lumen Fidei, 53).

Tal nivel es llamado con-formación porque aquí la relación de amor hace cambiar de forma al amante y se realiza a través de la armonía afectiva y el complacerse mutuo, o sea, en la fórmula “es bueno que tú existas”. El complacerse es el primer momento consciente el amor del que se origina la libertad como aceptación del amado. Implica el compromiso con él, como si fuera cosa propia, y funda el sentimiento interno de obligación, de modo que del mismo podrán brotar algunas acciones que son debidas al amado.

Es en este momento que se configura la importancia de la fidelidad como respuesta a una persona y no como un rígido voluntarismo. Fidelidad como virtud, plenamente realizada en la vida concreta, y construida sobre la integración entre amor y sexualidad, y no como mera adhesión a un amor espiritual, desvinculado de la prudencia y del afecto carnal, que podría dirigirse en otras direcciones. En tal sentido, la conciencia virtuosa debe insistir sobre la integración afectiva como una “fidelidad creadora” (G. Marcel), que sea capaz de regenerar continuamente el complacerse amoroso entre los amantes para que permanezcan unidos.

Así la dinámica afectiva conduce a una apertura a la razón, a una intención unitiva en los amantes, que realiza la perseverancia del amor disponiendo de la comunión de las personas como realidad permanente. La libertad estructura desde este momento la acción del amante y la verdad del amor adquiere un valor específico, puesto que intentará promover una comunión que será verdadera o falsa según la capacidad de actualizar esta relación. “La verdad, rescatando a los hombres de las opiniones y de las sensaciones subjetivas, les permite […] apreciar el valor y la sustancia de las cosas. La verdad abre y une el intelecto de los seres humanos en el lógos del amor” (Benedicto XVI, Caritas in Veritate, 4). Verdad y fidelidad avanzarán juntas y la caída de la voluntad de realizar la relación estará estrechamente unida a la falta de fidelidad al amado.

En la fidelidad, por lo tanto, el rol de la razón es decisivo pues ayuda constantemente al amante a discernir la verdad del afecto en relación al sentido de la acción que cumple. El fin de la fidelidad es la comunión que reclama el don de sí, porque el don no es causado por la afectividad sino por el amor libre y consciente.

En ese sentido, libertad no es búsqueda del placer, sin llegar nunca a una decisión, sino que es capacidad de decidirse por un don definitivo y exclusivo. Solamente quien puede prometer para siempre demuestra ser dueño del propio futuro, lo tiene entre sus manos y lo dona a la persona amada.

Se comprende así por qué el contenido de la fidelidad es la confianza: confianza en el futuro y en el otro, al que se hace el don de sí. Al contrario, lo que paraliza y esclaviza es el temor de comprometerse: en el fondo, priva de la libertad y de la capacidad de la razón de seguir el corazón.

A pesar del camino de indiferencia que está marcando el valor de la fidelidad en el derecho y en la moral común, queda el hecho de que la fidelidad es una auténtica forma de expresión de la fuerza, de la coherencia y de la esperanza de las que es capaz el ser humano: en la opción por una persona, la fidelidad es siempre obediencia libre y consciente al ideal que se ha escogido, a la promesa que se ha hecho. En ese sentido, el derecho, como ius, la ha siempre considerado expresión de la justicia entendida no solamente como adhesión a los valores de confianza y lealtad, sino más todavía como respeto del otro y de la co-existencia en ese camino sólido y estable que el hombre y la mujer, en el matrimonio, deciden recorrer juntos hacia la realización plena recíproca y la felicidad.

Por estas razones la fidelidad tiene un significado antropológico irrenunciable y un poder humanizante extraordinario, capaz de desarrollar plenamente los recursos y las riquezas interiores de cada ser humano. 

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